+Artículo 12 4.

Artículo 12 4.

Sin perjuicio de la legislación de la Unión en materia de protección de datos, la información a que se refiere el apartado 3 incluirá la siguiente información con respecto a las materias primas pertinentes y los productos pertinentes:

a) 

un resumen de la información a que se refiere el artículo 9, apartado 1, letras a), b) y c);

b) 

las conclusiones de la evaluación del riesgo realizada en virtud del artículo 10 y las medidas adoptadas en virtud del artículo 11, así como una descripción de la información y las pruebas obtenidas y utilizadas para evaluar el riesgo;

c) 

en su caso, una descripción del proceso de consulta a los pueblos indígenas, las comunidades locales y otros titulares de derechos consuetudinarios de tenencia de la tierra o las organizaciones de la sociedad civil que estén presentes en la zona de producción de las materias primas pertinentes y los productos pertinentes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito