+Artículo 30 3.

Artículo 30 3.

Las asociaciones y la cooperación promoverán el desarrollo de procesos integrados de ordenación del territorio, de la adopción de legislación pertinente en los países productores, de procesos multilaterales, de incentivos fiscales o comerciales y de otros instrumentos pertinentes para reforzar la conservación de los bosques y la biodiversidad, la gestión sostenible y la recuperación de los bosques, combatir la conversión de los bosques y los ecosistemas vulnerables a otros usos del suelo, optimizar los beneficios para el paisaje, la seguridad de la tenencia de la tierra, la productividad y la competitividad agrarias, y la transparencia en las cadenas de suministro, reforzar los derechos de las comunidades dependientes de los bosques, incluidos los pequeños propietarios, las comunidades locales y los pueblos indígenas, cuyos derechos se establecen en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y garantizar el acceso público a los documentos relativos a la gestión forestal y a otra información de interés.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito