+Artículo 3 2.
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Artículo 3 2.
En caso de que no se recoja en el apartado 1 del presente artículo una definición pertinente, serán de aplicación las definiciones a que se refiere el artículo 2 de la Directiva 2014/59/UE. En caso de que no se recoja en el apartado 1 del presente artículo o en el artículo 2 de la Directiva 2014/59/UE una definición pertinente, serán de aplicación las definiciones a que se refiere el artículo 3 de la Directiva 2013/36/UE.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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