+Artículo 6 2.

Artículo 6 2.

Toda medida, propuesta o política de la Junta, el Consejo, la Comisión o una autoridad nacional de resolución en el marco del MUR se tomará teniendo plena y diligentemente en cuenta la unidad e integridad del mercado interior.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito