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+Artículo 29 4. |
Artículo 29 4.Cuando adopten medidas relacionadas con asuntos que sean objeto de una decisión adoptada de conformidad con el apartado 2, las autoridades nacionales de resolución deberán cumplir dicha decisión.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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