+Artículo 38 5.

Artículo 38 5.

Se aplicarán los siguientes factores agravantes a las multas a que se refiere el apartado 1:

a) 

la infracción ha sido cometida intencionadamente;

b) 

la infracción ha sido cometida reiteradamente;

c) 

la infracción ha sido cometida a lo largo de un período superior a tres meses;

d) 

la infracción ha puesto de manifiesto debilidades sistémicas en la organización del ente, en particular en lo que respecta a sus procedimientos, sistemas de gestión o controles internos;

e) 

no se han adoptado medidas correctoras desde que se descubrió la infracción;

f) 

los altos directivos del ente no han cooperado con la Junta en sus investigaciones.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito