+Artículo 38 8.

Artículo 38 8.

En los casos no contemplados por el apartado 2, la Junta podrá recomendar a las autoridades nacionales de resolución que tomen medidas para garantizar que se imponen multas adecuadas de conformidad con los artículos 110 a 114 de la Directiva 2014/59/UE y con la legislación nacional pertinente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito