+Artículo 54 3.
|
Artículo 54 3.
Cuando sea necesario por razones de urgencia, la Junta podrá adoptar, en sesión ejecutiva, determinadas decisiones provisionales en nombre de la Junta en sesión plenaria, en particular sobre asuntos relativos a la gestión administrativa, incluidas cuestiones presupuestarias.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|