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+Artículo 60 1. |
Artículo 60 1.Los ingresos de la parte II del presupuesto comprenderán, en particular:
a)
las aportaciones pagadas por las entidades establecidas en los Estados miembros participantes, de conformidad con el artículo 67, apartado 4, y los artículos 69, 70 y 71;
b)
los préstamos procedentes de otros mecanismos de financiación de la resolución en los Estados miembros no participantes, de conformidad con el artículo 72, apartado 1;
c)
los préstamos procedentes de entidades financieras u otros terceros, de conformidad con los artículos 73 y 74;
d)
el rendimiento de las inversiones de los importes depositados en el Fondo, de conformidad con el artículo 75;
e)
cualquier parte de los gastos soportados para los fines indicados en el artículo 76 que se recupere en el procedimiento de resolución. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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