+Artículo 89 Protección de datos

Artículo 89 Protección de datos

Artículo 89

Protección de datos

El presente Reglamento se entenderá sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros en lo relativo al tratamiento de datos personales de conformidad con la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 21 ), o de las obligaciones de la Junta, el Consejo y la Comisión en lo relativo al tratamiento de datos personales de conformidad con el Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 22 ) en el desempeño de sus funciones.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito