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+Artículo 92 5. |
Artículo 92 5.El Parlamento Europeo y el Consejo podrán solicitar que el Tribunal de Cuentas examine cualquier otro asunto de interés incluido en su el ámbito de competencias, objeto del artículo 287, apartado 4, del TFUE.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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