+Artículo 97 2.

Artículo 97 2.

El Estado miembro en el que se ubique la sede de la Junta garantizará las mejores condiciones posibles para el adecuado funcionamiento de la misma, incluida una escolarización multilingüe y de vocación europea, así como conexiones de transporte adecuadas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito