+Artículo 2 33)

Artículo 2 33)

«autoridad de resolución a nivel de grupo», la autoridad de resolución del Estado miembro en el que se encuentra el supervisor de grupo;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito