+Artículo 2 57)

Artículo 2 57)

«pasivo garantizado», un pasivo en el que el derecho a cobro u otra forma de contraprestación del acreedor está garantizado por un derecho, pignoración o prenda o gravamen o por acuerdos de garantía, incluidos los pasivos derivados de operaciones con pacto de recompra y otros acuerdos de garantía mediante transmisión de títulos;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito