+Artículo 2 57)
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Artículo 2 57)
«pasivo garantizado», un pasivo en el que el derecho a cobro u otra forma de contraprestación del acreedor está garantizado por un derecho, pignoración o prenda o gravamen o por acuerdos de garantía, incluidos los pasivos derivados de operaciones con pacto de recompra y otros acuerdos de garantía mediante transmisión de títulos;
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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