+Artículo 2 65)
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Artículo 2 65)
«acreedor afectado», un acreedor cuyo derecho de crédito se refiere a deudas que han sido reducidas o convertidas en acciones u otros instrumentos de propiedad mediante el ejercicio de las competencias de amortización o de conversión como consecuencia de la utilización del instrumento de amortización o conversión;
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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