+Artículo 2 79)

Artículo 2 79)

«medida de prevención de crisis», el ejercicio de competencias para llevar a una empresa a abordar las deficiencias u obstáculos a la recuperabilidad con arreglo al artículo 6, apartado 5, de la presente Directiva, el ejercicio de competencias para abordar o eliminar obstáculos a la resolubilidad con arreglo al artículo 15 o 16 de la presente Directiva, la aplicación de cualquier medida con arreglo al artículo 137, el artículo 138, apartados 3 y 5, el artículo 139, apartado 3, y el artículo 140 de la Directiva 2009/138/CE, y la aplicación de una medida preventiva con arreglo al artículo 141 de la Directiva 2009/138/CE;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito