+Artículo 10 3

Artículo 10 3

3.   La autoridad de resolución a nivel de grupo transmitirá a las autoridades de resolución competentes los planes de resolución de grupo y sus modificaciones y, cuando el grupo sea o forme parte de un conglomerado financiero, a la autoridad de resolución pertinente designada de conformidad con el artículo 3 de la Directiva 2014/59/UE y a la autoridad competente tal como se define en el artículo 4, apartado 1, punto 40, del Reglamento (UE) n.o 575/2013.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito