+Artículo 27 1

Artículo 27 1

1.   Los Estados miembros velarán por que las autoridades de resolución tengan competencia para someter a la empresa a un procedimiento de extinción-liquidación en situación de solvencia con objeto de poner fin a sus actividades y prohibir que la empresa objeto de resolución suscriba nuevas actividades de seguros y reaseguros.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito