|
+Artículo 27 4 |
Artículo 27 44. Las autoridades de resolución velarán por que una empresa de seguros o reaseguros objeto de resolución mediante un procedimiento de extinción-liquidación en situación de solvencia sea capaz de mantener personal adecuadamente formado y competente para garantizar la continuación ordenada hasta su liquidación de sus actividades de seguros sometidas a un procedimiento de extinción-liquidación en situación de solvencia. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|