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+Artículo 36 4 |
Artículo 36 44. Cuando la autoridad de supervisión de dicha empresa no haya realizado la evaluación contemplada en el apartado 3 en la fecha de conversión de los instrumentos de capital, el artículo 31, apartado 6, se aplicará a toda adquisición o incremento de una participación cualificada por un comprador que sea consecuencia de la aplicación del instrumento de conversión de instrumentos de capital. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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