+Artículo 49 5

Artículo 49 5

5.   Al ejercer sus competencias con arreglo al presente artículo, las autoridades de resolución tendrán en cuenta los efectos que el ejercicio de dichas competencias pueda tener.

Las autoridades de resolución establecerán el ámbito de aplicación de estas competencias teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito