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+Artículo 14 4. |
Artículo 14 4.El documento de datos fundamentales podrá proporcionarse en un soporte duradero distinto del papel si concurren las siguientes condiciones:
a)
que el recurso al soporte duradero sea apropiado al contexto en que se desarrollen las transacciones entre la persona que asesora sobre un producto empaquetado o basado en seguros o que lo vende y el inversor minorista;
b)
que se haya ofrecido al inversor minorista la posibilidad de elegir entre recibir la información en papel o en soporte duradero, y que haya optado por esto último de una manera que pueda acreditarse. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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