+Artículo 18 3.
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Artículo 18 3.
Si una autoridad competente se propone adoptar o adopta medidas contrarias a lo dictaminado por la AESPJ con arreglo al apartado 2, o se abstenga de adoptar medidas contrariamente a tal dictamen, publicará de inmediato en su sitio web un aviso en el que exponga plenamente las razones para ello.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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