+Artículo 6 8.

Artículo 6 8.

La AEVM elaborará proyectos de normas técnicas de ejecución donde se especifiquen la plantilla y la configuración de los folletos, incluidos los requisitos relativos al tamaño de letra y al estilo, en función del tipo de folleto y del tipo de inversores a los que se dirija.

La AEVM presentará a la Comisión dichos proyectos de normas técnicas de ejecución a más tardar el 5 de diciembre de 2025.

Se delegan en la Comisión los poderes para completar el presente Reglamento mediante la adopción de las normas técnicas de regulación a que se refiere el párrafo primero de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito