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+Artículo 7 6. |
Artículo 7 6.►M5 La sección prevista en el apartado 4, letra b), contendrá la siguiente información en el orden siguiente: ◄
a)
En una subsección titulada «¿Quién es el emisor de los valores?», una breve descripción del emisor de los valores, que incluya como mínimo lo siguiente:
i)
su domicilio y forma jurídica, su identificador de entidad jurídica, el Derecho al amparo de la cual opera y su país de constitución;
ii)
sus actividades principales;
iii)
sus principales accionistas y si es propiedad de terceros o está controlado directa o indirectamente por terceros, con indicación en tal caso de sus nombres;
iv)
la identidad de sus directores más importantes;
v)
la identidad de sus auditores legales.
vi)
cuando el emisor de valores participativos esté sujeto al artículo 8 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 9 ), una declaración sobre si las actividades del emisor están relacionadas con actividades económicas que se consideren medioambientalmente sostenibles con arreglo a los artículos 3 y 9 de dicho Reglamento.
b)
En una subsección titulada «¿Cuál es la información financiera fundamental relativa al emisor?», una selección de la información financiera histórica fundamental presentada para cada ejercicio económico del período histórico correspondiente y para cualquier otro período financiero provisional posterior, acompañada de los datos comparativos correspondientes al mismo período del ejercicio económico precedente. La exigencia de facilitar datos comparativos del balance se cumplirá mediante la presentación de los datos del balance al cierre del ejercicio. La información financiera fundamental incluirá, cuando proceda:
i)
información financiera pro forma;
ii)
una breve descripción de las salvedades del informe de auditoría que estén relacionadas con la información financiera histórica.
c)
En una subsección titulada «¿Cuáles son los principales riesgos específicos del emisor?», una breve descripción de los factores de riesgo más importantes que afecten específicamente al emisor incluidos en el folleto, limitándose al número total de los mismos establecido en el apartado 10. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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