+Artículo 8 1.

Artículo 8 1.

En el caso de valores no participativos, incluidos los certificados de opción de compra (warrants) de cualquier tipo, el folleto podrá estar constituido, a elección del emisor, oferente o persona que solicite la admisión a cotización en un mercado regulado, por un folleto de base que contenga la información necesaria relativa al emisor y a los valores que vayan a ofertarse al público o ser admitidos a cotización en un mercado regulado.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito