+Artículo 18 2.
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Artículo 18 2.
Sin perjuicio de la adecuada información que se deba facilitar a los inversores, cuando, con carácter excepcional, determinada información requerida sea inapropiada en relación con el ámbito de actividad o la forma jurídica del emisor, o del garante si ha lugar, o con los valores a que se refiere el folleto, o las partes integrantes del mismo, este último podrá incluir, o sus partes integrantes, otra información equivalente a la requerida.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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