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+Artículo 21 7. |
Artículo 21 7.Todos los folletos aprobados permanecerán disponibles al público, en formato electrónico, diez años como mínimo a partir de su publicación en el sitio web a que se refieren los apartados 2 y 6. Cuando se utilicen hipervínculos para la información, los suplementos o las condiciones finales del folleto incorporados al folleto por referencia, esos hipervínculos deberán funcionar durante el período indicado en el párrafo primero. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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