+Artículo 21 1.

Artículo 21 1.

Las decisiones adoptadas por las autoridades competentes con arreglo a los artículos 16, 19 y 20 se comunicarán inmediatamente a la AEVM.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito