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+Artículo 21 1. |
Artículo 21 1.Las decisiones adoptadas por las autoridades competentes con arreglo a los artículos 16, 19 y 20 se comunicarán inmediatamente a la AEVM.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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