+Artículo 53 2.

Artículo 53 2.

Cuando una de las partes solicite acceso a otra parte, de conformidad con el apartado 1, se tramitará la solicitud sin demora y se dará una respuesta a la misma en el plazo de tres meses.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito