+Artículo 9 9.
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Artículo 9 9.
De conformidad con las disposiciones pertinentes del Tratado, cualquier Estado miembro podrá interponer un recurso ante el Tribunal de Justicia y pedir, en particular, la aplicación del artículo 243 del Tratado a efectos de la aplicación de su normativa nacional en materia de competencia.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 18.02.2004 00:00:00 -Doknr: CELEX:32004R0139
- EULAW_BG -
EULAW_BG
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