+Artículo 89 1.
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Artículo 89 1.
Cuando una entidad o una empresa matriz de un tercer país cuente con filiales establecidas en la Unión o empresas matrices de la Unión establecidas en dos o más Estados miembros, o dos o más sucursales de la Unión que sean consideradas significativas por dos o más Estados miembros, las autoridades de resolución de los Estados miembros en los que estén establecidas dichas entidades o donde estén establecidas tales sucursales significativas instituirán un único colegio de autoridades de resolución europeo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
- EULAW_CS -
EULAW_CS
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