+Artículo 64 4.

Artículo 64 4.

El contable de la Autoridad enviará también, a más tardar el 31 de marzo del año siguiente, el informe sobre la gestión presupuestaria y financiera a los miembros de la Junta de Supervisores, al Parlamento Europeo, al Consejo y al Tribunal de Cuentas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 30.01.2027 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1094
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