+Artículo 115 1.

Artículo 115 1.

Con vistas a facilitar y establecer una supervisión eficaz, el supervisor en base consolidada y las demás autoridades competentes dispondrán de acuerdos escritos de coordinación y cooperación.

Al amparo de dichos acuerdos podrán confiarse tareas adicionales al supervisor en base consolidada y especificarse procedimientos para el proceso de toma de decisiones y la cooperación con otras autoridades competentes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.07.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013L0036
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