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+Artículo 141bis Incumplimiento de los requisitos combinados de colchón |
Artículo 141bis Incumplimiento de los requisitos combinados de colchónArtículo 141 bis Incumplimiento de los requisitos combinados de colchón Se considerará que una entidad incumple los requisitos combinados de colchón a los efectos del artículo 141 cuando no disponga de fondos propios cuyo importe y calidad sean los necesarios para satisfacer al mismo tiempo los requisitos combinados de colchón y cada uno de los requisitos establecidos en:
a)
el artículo 92, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 575/2013 y el requisito de fondos propios adicionales para hacer frente a riesgos distintos del riesgo de apalancamiento excesivo con arreglo al artículo 104, apartado 1, letra a), de la presente Directiva;
b)
el artículo 92, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 575/2013 y el requisito de fondos propios adicionales para hacer frente a riesgos distintos del riesgo de apalancamiento excesivo con arreglo al artículo 104, apartado 1, letra a), de la presente Directiva;
c)
el artículo 92, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) n.o 575/2013 y el requisito de fondos propios adicionales para hacer frente a riesgos distintos del riesgo de apalancamiento excesivo con arreglo al artículo 104, apartado 1, letra a), de la presente Directiva. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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