+Artículo 4 4.

Artículo 4 4.

Los Estados miembros se asegurarán de que la mera aplicación de requisitos simplificados no afecte a la capacidad de la autoridad competente y, cuando proceda, de la autoridad de resolución, para adoptar una medida de prevención o de gestión de crisis.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
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