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+Artículo 42 3. |
Artículo 42 3.La entidad de gestión de activos administrará los activos que se le hayan transmitido con el fin de maximizar su valor a través de una eventual venta o liquidación ordenada.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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