+Artículo 85 3.
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Artículo 85 3.
Los Estados miembros se asegurarán de que todas las personas afectadas por una decisión de adoptar una medida de gestión de crisis puedan apelar tal decisión. Los Estados miembros velarán por que dicha revisión sea de carácter rápido y por que los tribunales nacionales utilicen como base de su propia evaluación las complejas evaluaciones económicas de los hechos que la autoridad de resolución ha llevado a cabo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
- EULAW_DA -
EULAW_DA
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