+Artículo 13 1.

Artículo 13 1.

Los GFIA aplicarán políticas y procedimientos internos eficaces de gestión del riesgo operativo a fin de detectar, medir, gestionar y controlar adecuadamente los riesgos operativos, incluidos los riesgos de responsabilidad profesional, a los que el GFIA esté o pueda razonablemente estar expuesto. Las actividades de gestión del riesgo operativo se llevarán a cabo de manera independiente dentro de la política de gestión del riesgo.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito