+Artículo 22 Recursos
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Artículo 22 Recursos

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 22 1.
Los GFIA emplearán personal suficiente con las competencias, los conocimientos y la experiencia necesarios para desempeñar las funciones que se le asignen.
Artículo 22 2.
A efectos de lo dispuesto en el apartado 1, los GFIA tendrán en cuenta la naturaleza, escala y complejidad de sus negocios, así como la naturaleza y gama de los servicios que presten y de las actividades que desempeñen en el curso de esos negocios.
Artículo 22 3.
A efectos de lo dispuesto en el apartado 1, los GFIA dispondrán de los recursos y la experiencia necesarios para la integración efectiva de los riesgos de sostenibilidad.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito