+Artículo 42 2.

Artículo 42 2.

La separación funcional y jerárquica de la función de gestión del riesgo de conformidad con el apartado 1 deberá estar garantizada a lo largo de toda la estructura jerárquica del GFIA, hasta su órgano de gobierno. Estará sujeta a la revisión del órgano de gobierno y, en su caso, de la función supervisora del GFIA.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito