+Artículo 42 2.
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Artículo 42 2.
La separación funcional y jerárquica de la función de gestión del riesgo de conformidad con el apartado 1 deberá estar garantizada a lo largo de toda la estructura jerárquica del GFIA, hasta su órgano de gobierno. Estará sujeta a la revisión del órgano de gobierno y, en su caso, de la función supervisora del GFIA.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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