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+Artículo 79 Supervisión efectiva |
Artículo 79 Supervisión efectivaArtículo 79 Supervisión efectiva Se considerará que una delegación impide la supervisión efectiva del GFIA cuando:
a)
el GFIA, sus auditores y las autoridades competentes no tengan acceso efectivo a los datos relacionados con las funciones delegadas ni a los locales profesionales del delegado, o las autoridades competentes no puedan ejercer esos derechos de acceso;
b)
el delegado no coopere con las autoridades competentes del GFIA en conexión con las funciones delegadas;
c)
el GFIA no facilite a las autoridades competentes, cuando así se lo soliciten, toda la información necesaria para permitirles supervisar la conformidad del ejercicio de las funciones delegadas con los requisitos de la Directiva 2011/61/UE y sus medidas de ejecución. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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