+Artículo 104 3.

Artículo 104 3.

La presentación, nomenclatura y terminología de las partidas serán conformes a las normas contables aplicables al FIA o al reglamento adoptado por este, y se atendrán a la legislación aplicable en el lugar en que el FIA esté establecido. Las partidas podrán modificarse o ampliarse para garantizar el cumplimiento de lo anterior.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito