+Artículo 106 2.

Artículo 106 2.

Para cumplir con lo dispuesto en el artículo 22, apartado 2, letra d), de la Directiva 2011/61/UE, los GFIA evaluarán los cambios en la información a que se refiere el artículo 23 de dicha Directiva durante el ejercicio de conformidad con el apartado 1 del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito