+Artículo 2 3.

Artículo 2 3.

A efectos de lo dispuesto en el apartado 1, letra g), todos los centros de actividad establecidos en un mismo Estado miembro por una sociedad de gestión que tenga su administración central en otro Estado miembro se considerarán una única sucursal.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito