+Artículo 24 5.

Artículo 24 5.

Los partícipes del OICVM podrán reclamar la responsabilidad del depositario directamente o indirectamente a través de la sociedad de gestión o la sociedad de inversión siempre que esto no dé lugar a una doble reparación ni a una desigualdad de trato de los partícipes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito