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+Artículo 39 6. |
Artículo 39 6.De conformidad con el artículo 57, apartado 1, párrafo segundo, los Estados miembros podrán conceder al OICVM beneficiario una excepción en relación con los artículos 52 a 55.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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