+Artículo 43 5.

Artículo 43 5.

La Comisión podrá adoptar, mediante actos delegados ►M4  de conformidad con el artículo 112 bis  ◄ , medidas en las que se establezcan de manera pormenorizada el contenido, la forma y el método a que se refieren los apartados 1 y 3, así como la manera de proporcionarla.

▼M1 —————

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito