+Artículo 58 3.

Artículo 58 3.

Por OICVM principal se entenderá un OICVM o uno de sus compartimentos de inversión, que:

a) 

cuente entre sus partícipes al menos un OICVM subordinado;

b) 

no sea un OICVM subordinado, y

c) 

no posea participaciones en un OICVM subordinado.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito