+Artículo 60 3.

Artículo 60 3.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 84, cuando un OICVM principal suspenda temporalmente la recompra, el reembolso o la suscripción de sus participaciones, a iniciativa propia o a instancia de sus autoridades competentes, todos sus OICVM subordinados podrán suspender la recompra, el reembolso o la suscripción de sus participaciones, no obstante las condiciones establecidas en el artículo 84, apartado 2, durante el mismo período que el OICVM principal.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito